Si eres autónomo y cobras a tus clientes por Bizum, esto te interesa. Desde enero de 2026, la forma en la que Hacienda «ve» tus cobros ha cambiado por completo.
Hasta el año pasado, los bancos solo informaban a la Agencia Tributaria de los movimientos anuales que superaban los 3.000 euros. Ahora todo eso ha saltado por los aires. Y no lo hago yo dramático: lo dice el Real Decreto 253/2025.
Te cuento qué ha cambiado exactamente, a quién afecta, qué debes hacer si cobras por Bizum como autónomo y qué sanciones te caen si no lo haces bien.
Qué ha cambiado en el control fiscal de Bizum en 2026
El Real Decreto 253/2025, publicado en el BOE en abril de 2025, entró en vigor el 1 de enero de 2026. Y trae dos cambios que lo cambian todo.
El primero: se elimina el umbral mínimo de 3.000 euros. Antes, los bancos solo informaban a Hacienda si tus movimientos superaban esa cifra anual. Ahora, cualquier importe cuenta. Un Bizum de 15 euros, uno de 200 y uno de 2.000 se reportan igual.
El segundo: la información pasa de ser anual a mensual. Hacienda recibe cada mes un listado completo de los cobros por Bizum vinculados a actividad económica, con el importe, el titular y las cuentas asociadas.
En la práctica, esto significa que Hacienda tiene ahora una radiografía casi en tiempo real de lo que cobras.
A quién afecta la nueva normativa
Aquí conviene aclarar algo, porque los titulares alarmistas están sembrando confusión. La norma no afecta a todo el mundo.
Sí afecta a autónomos, profesionales y empresas
Si usas Bizum para cobrar a clientes en el marco de tu actividad económica, cualquier ingreso queda dentro del radar de Hacienda. Da igual el importe. Da igual si es una vez al mes o cinco al día.
No afecta a los pagos entre particulares
Repartir la cena con amigos, devolver dinero a tu hermano, hacer una colecta para un regalo… Esos Bizum siguen fuera del control fiscal. Hacienda no los recibe.
La clave para diferenciar unos de otros es la naturaleza del ingreso, no el medio. Si el Bizum es contraprestación de un servicio o venta, es actividad económica y hay que declararlo.
Qué información envían los bancos a Hacienda cada mes
Los bancos y entidades de pago no envían solo un total agregado. Envían un paquete de información bastante detallado.
Se remite el importe de cada operación, la fecha, la identificación del titular que cobra, las cuentas bancarias asociadas y el concepto de las operaciones.
Con eso, Hacienda cruza esos datos con lo que has declarado en tus modelos trimestrales (303 de IVA, 130 de IRPF) y anuales (100 y 390). Si cuadra, no pasa nada. Si no cuadra, saltan las alarmas.
Qué obligaciones tienes como autónomo cuando cobras por Bizum
Aquí hay una idea que quiero que se te quede: cobrar por Bizum no genera obligaciones fiscales nuevas. Genera visibilidad. Las obligaciones son exactamente las mismas que si cobras en efectivo, por transferencia o con tarjeta.
Lo que ocurre es que hasta ahora había margen para «olvidarse». Ya no lo hay.
Emite factura por cada cobro profesional
Cada Bizum que recibas de un cliente debe ir acompañado de su factura (o tique, si es venta al público con menos de 400€). Con todos los datos: número, fecha, concepto, base imponible, IVA e importe total.
Registra los ingresos en tus libros contables
Cada cobro debe entrar en tu libro de ingresos, con fecha, importe y referencia a la factura correspondiente. Si usas un software de facturación, hazlo en el momento para no acumular.
Declara los ingresos en tus modelos trimestrales
Los cobros por Bizum se declaran igual que cualquier otro ingreso. Si estás en estimación directa y estás sujeto a IVA, entran en el modelo 303 (IVA trimestral) y en el modelo 130 (pagos fraccionados de IRPF).
Al cierre del año van al modelo 390 (resumen anual de IVA) y al modelo 100 (renta anual).
Separa cuentas personales y profesionales
Este es el consejo práctico más importante que puedo darte. Si mezclas los Bizum del negocio con los personales en la misma cuenta, cuando llegue una revisión te tocará justificar cada movimiento uno por uno.
Contrata un Bizum profesional para tu actividad y mantén el personal para tu vida privada. Te ahorras problemas y ganas orden.
Sanciones si no declaras tus cobros por Bizum
Aquí es donde el asunto se pone serio. No declarar ingresos detectados por Hacienda es una infracción tributaria, y las sanciones no son ninguna broma.
Según la Ley General Tributaria, las sanciones van desde el 50% al 150% de la cuota no ingresada, dependiendo de la gravedad, si hay ocultación, reincidencia o medios fraudulentos.
Un ejemplo simple: si dejas de declarar 10.000 euros en ingresos con IVA al 21%, hablamos de 2.100 euros de IVA no ingresado. Más el IRPF correspondiente, más una sanción mínima del 50% de esa cuota, más intereses de demora.
Y todo eso puede escalar rápido si Hacienda considera que ha habido intencionalidad.
Qué NO cambia con la nueva normativa
Para dejar tranquilo a más de uno, conviene aclarar también lo que sigue igual.
No hay un nuevo impuesto sobre Bizum. Es un mito que ha circulado mucho en redes. La obligación de declarar tus ingresos ya existía; lo único que cambia es la información que Hacienda recibe automáticamente.
Los Bizum entre particulares siguen exentos de reporte. Cenas, regalos, devoluciones… nada de eso interesa a Hacienda.
Y las obligaciones fiscales del autónomo siguen siendo las de siempre. Facturar, registrar, declarar y pagar. Ni más, ni menos.
Consejos prácticos para autónomos que cobran por Bizum
Con toda esta información, dejo unas recomendaciones concretas que te van a ahorrar sustos.
Contrata un Bizum profesional a través de tu banco. Es fácil, suele ser gratis o muy barato, y separa por completo tu actividad de tu vida personal.
Emite factura siempre, aunque el cliente no la pida. Es tu obligación y tu escudo si algún día te toca justificar un ingreso.
Concilia cada mes tus cobros por Bizum con tus facturas emitidas. Si vas al día, en tres minutos ves si todo cuadra o si te falta alguna factura por emitir.
Guarda los justificantes de cada cobro por Bizum. La app te permite descargarlos o hacer captura. Adjúntalos a la factura correspondiente en tu software de facturación.
Y, sobre todo, si tienes dudas concretas, consulta con un asesor fiscal. Este post te da el marco general, pero cada situación tiene sus matices y un profesional te evita errores caros.
Preguntas sobre el control fiscal de Bizum para autónomos
¿Los Bizum que recibo de familiares o amigos también los va a ver Hacienda?
No. La normativa se aplica exclusivamente a cobros vinculados a actividad económica. Los pagos entre particulares (una cena a escote, una devolución de dinero, un regalo) no se reportan y quedan fuera del control fiscal.
¿Y si cobro un servicio pequeño, tipo 20 o 30 euros por Bizum?
Sí, tienes que declararlo igual. Con la nueva normativa desaparece el umbral de 3.000 euros: cualquier importe cobrado como autónomo se comunica a Hacienda y debe estar declarado. Da igual que sean 20 euros o 2.000.
¿Puedo seguir usando mi Bizum personal para cobrar a clientes?
Técnicamente sí, pero es un lío. Al mezclar cobros personales y profesionales, ante una revisión te tocará justificar cada movimiento. Lo lógico y recomendable es contratar un Bizum profesional a través de tu banco y separar cuentas.
¿Qué pasa si me olvido de declarar algún Bizum profesional?
Hacienda cruzará automáticamente los datos que le envían los bancos con tus declaraciones. Si detecta discrepancias, puede abrir un procedimiento de comprobación y aplicar sanciones que van del 50% al 150% de la cuota no ingresada, además de los intereses de demora.
¿La normativa también afecta a otras plataformas como PayPal, Verse o Revolut?
Sí. El Real Decreto 253/2025 amplía la obligación de información a todas las entidades de pago y de dinero electrónico, no solo a los bancos tradicionales. Eso incluye plataformas como PayPal, Revolut y similares cuando reciben pagos vinculados a actividad económica.
Nota importante: este post te da el marco general de la normativa, pero no sustituye el asesoramiento fiscal profesional. Si tu caso tiene particularidades (varias actividades, régimen especial de IVA, situaciones internacionales…), lo más sensato es consultarlo con un asesor.
¿Ya has separado tu Bizum personal del profesional? ¿Tienes dudas concretas sobre cómo declarar algún cobro específico?
Déjamelas en los comentarios y las vamos resolviendo entre todos.









